El pasado 3 de septiembre entró en vigor la Ley 8/2021 de 2 de junio por la que se reforma el artículo 94 del código civil, para establecer que no procederá el establecimiento de un régimen de visitas o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge, o de los hijos e hijas que convivan con ambos.
Igualmente tampoco se establecerá un régimen de visitas cuando el Juez advierta de las pruebas practicadas la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género.
Con esta nueva norma se ha dado cumplimiento al Pacto de Estado contra la Violencia de Género para suspender el régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con situaciones de violencia.
De esta forma la situación diaria en nuestros juzgados cambia notablemente, puesto que la regla general establecida por esta norma será la suspensión de las visitas y estancias y la excepción será el mantenimiento de estas visitas.
Esta norma era absolutamente NECESARIA, para evitar encontrarnos con noticias tan desagradables y repugnantes de hijos asesinados a manos de sus padres, como los hijos de José Bretón o más recientemente las dos niñas de Tenerife, de 1 y 6 años, Anna y Olivia. No puedo imaginar una situación más terrorífica que la de entregar a tus hijos al padre maltratador, porque la ley te lo exige, porque un Juez así lo ha determinado en Sentencia de divorcio, y esperar con ansiedad, cada fin de semana, cada régimen de visitas, que tu hijo aparezca intacto, íntegro….a salvo.
Como siempre nos gusta ponernos en todo tipo de situaciones, y contaros nuestras experiencias profesionales en nuestro día a día y os avanzamos que esta norma servirá para otorgar a una protección casi absoluta a menores en situaciones como la que hemos narrado, pero desgraciadamente en ocasiones será un arma de “doble filo”, para utilizar como amenaza contra padres no maltratadores, en aras a conseguir un acuerdo interesado de divorcio. Hace apenas 6 días que ha entrado en vigor y ya hemos recibido la llamada de dos padres “asustados”, porque en el seno de negociaciones de muto acuerdo de divorcio están siendo advertidos por sus parejas de que pueden privarles de ver a los niños, con tan solo denunciarles por malos tratos…
Esperemos que todos los casos sean estudiados con lupa por nuestros juzgadores y esta norma solo ampare a quienes realmente lo necesitan: los menores.