NUEVO ACUERDO DE LOS JUECES DE FAMILIA DE MÁLAGA, de 20 de mayo de 2020, sobre cumplimiento de custodia y visitas.
Con fecha 20 de mayo de 2020 los Magistrados-Jueces de Familia de Málaga se reunieron y revisaron los acuerdos adoptados con fecha 18 de marzo con motivo de la declaración del estado de alarma, en relación a las incidencias que estaban surgiendo en el cumplimiento del régimen de custodia y estancias de menores con padres separados .
Por tanto los nuevos acuerdos en materia de régimen de visitas son los siguientes:
- Desde el 18 de mayo de 2020, ya no existen circunstancias que puedan justificar incumplimientos en los regímenes de visitas estipulados en sentencias o convenios reguladores. Por tanto deben cumplirse en su integridad en los términos acordados en su día por resolución judicial.
- Los padres deberán de COMÚN ACUERDO COMPENSAR EL TIEMPO DE CONVIVENCIA NO DISFRUTADO POR EL PROGENITOR QUE NO HA TENIDO CONSIGO A LOS MENORES, de la forma más beneficiosa para éstos. En caso de que no tenga efecto tal compensación por el progenitor que haya tenido a los niños en su compañía durante el estado de alarma, se considerará que es una actitud de mala fe, y se le impondrán las costas de los procedimientos judiciales que se inicien para exigir ese cumplimiento.
- Los Jueces de familia hacen un llamamiento a los padres separados para que dado el previsible colapso judicial de los próximos meses, se pongan de acuerdo y resuelvan sus discrepancias por medio de acuerdo entre ellos, la negociación entre letrados o la mediación familiar.
Por tanto desde Altozano Pintado Abogados te aconsejamos que si tienes problemas para que el padre o madre de tus hijos te compense el período que no has disfrutado de ellos, durante el estado de alarma, contactes con nosotros y te asesoraremos sobre los pasos a seguir.